martes, 29 de abril de 2014

¿EXISTE O NO EL SINDROME DE ALIENACION PARENTAL?

Martha Stella Ospino-Rodríguez.       
El síndrome de alienación parental, término acuñado por Richard Gardner en el año 1985 es considerado como el lavado del cerebro del hijo o hija realizado por uno de los progenitores para romper el vínculo afectivo con el otro progenitor.  Este síndrome es un “subtipo de la Alienación Parental en la que un progenitor identificado, sistemáticamente programa a uno o más de sus niños o adolescentes de la misma familia en contra del otro progenitor, que ha sido un buen y amoroso padre antes de que ocurriera la alienación” (Reay, 2011, p. 331).  

Sobre el Síndrome de la Alienación Parental se ha escrito a favor y en contra de su existencia.  Tal vez el argumento que más se utiliza para negar su existencia es que ninguno de los manuales estadísticos de las enfermedades mentales, ni el DSM V ni el CIE 10 lo reconocen como un trastorno.  Pero existen otras dificultades, entre otras, tales como:

1.   Cómo llamar a esa situación en que un padre utiliza a sus hijos en contra del otro para romper el vínculo afectivo.  Ha recibido los nombres de  “Síndrome de Medea”, (Wallerstein y Blakeslee, 1990), “Síndrome de la Madre maliciosa” (Turkat, 1994 citado por Arch, 2010), “Programación Parental en el Divorcio” (Clawar y Rivlin, 1991 citado por Arch, 2010), “Inculcación maliciosa” (Toldos, 2013, p. 134), “Desparentalización” (Ramirez, 2011), “Alienación parental” (Tapias, Sánchez y Torres, 2013 y Tejero, Gonzalez-Trijueque y García-López, 2014), etc.  

2.   El diagnóstico se trata de un sistema familiar con el fenómeno presente, no es un diagnóstico individual dado que en el SAP existe un progenitor alienante o alienador, el otro progenitor alienado y un hijo/a (s) alienado/a (s).

3.   Diversas posiciones políticas, fundamentalismos basados en sexo y género, sesgos y actitudes de profesionales en relación a la multiplicidad de corrientes psicológicas, filosóficas y modelos culturales habituales (Sicard, et al, 2011, p. 7).

4.   Suelen existir dificultades a nivel de nosología psicopatológica y su relación causal con el TAP/SAP por cuanto existen diversas ópticas de la naturaleza de los síntomas y sus consecuencias que fácilmente pueden ser confundidas con diagnósticos cuya génesis se pueden dar por elementos diversos, ya sean endógenos como sociales y familiares (Sicard, et al, 2011, p. 7).

En Colombia, como fruto de una de las “mesas de trabajo” en el año 2011 se escribió un documento haciendo el “Reconocimiento de la comunidad Psicológica Jurídico Forense del Colegio Colombiano de Psicólogos UPJYF-COLPSIC del fenómeno de salud mental llamado Trastorno de Alienación Parental T.AP. o Síndrome de Alienación Parental S.A.P.”, mesas de trabajo lideradas por Roberto Sicard y cuyos integrantes fueron:  Claudia Sofía Ayala Hernández, Flor Adriana Orjuela Solano, Martha Stella Ospino Rodríguez, Cielo Romero, Ana Patricia Ramos Parada, Marisol Santana y Jorge Erwin Camacho.  En este documento se dice que el SAP es “un tipo de maltrato infantil que genera un conjunto de síntomas psíquicos de carácter clínico que surgen como consecuencia de un proceso de destrucción sistemática del vínculo filial, promovida por un progenitor o su sistema familiar en contra del otro progenitor; configurando una distorsión anómala de la realidad compartida socialmente, que afecta primordialmente a los niños y subsidiariamente al sistema familiar.  Por lo general se puede dar en contextos de divorcio contencioso, desavenencias conyugales o familiares y los señalamientos y acusaciones suelen carecer de fundamentos objetivos. Para Diagnosticar el TAP/SAP no deberá existir antecedentes previos de maltrato intrafamiliar por parte del padre alienado” (Sicard, et al, 2011, p. 2).

Por otra parte, la Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia, Sala de Casación Penal, Magistrado Ponente José Luis Barceló Camacho, Casación 40.455, Acta Nº 317, reconoció en el caso analizado “la presencia de los síntomas reconocidos del Síndrome de Alienación Parental, específicamente que la denunciante-madre de la víctima observa comportamientos clásicos de un progenitor alienador”.

Respecto a investigaciones en este campo, en Colombia se han realizado algunas tendientes a determinar si los abogados, psicólogos y trabajadores sociales que atienden casos de familia hacen un reconocimiento de los indicadores que la literatura ha señalado pertenecientes al SAP.  Los estudios llevados a cabo por Tapias, Sánchez y Torres (2013) y Castro (2013) en la ciudad de Bogotá y Ospino-Rodríguez (2014) en el Departamento del Huila con la colaboración de las estudiantes Disney Benites y Viviana Rodríguez, coinciden en que los profesionales mencionados sí identifican en su actuar profesional esta problemática.  

Finalmente la controversia de si existe o no el SAP ha llevado a la creación de diversas organizaciones para defender su existencia así como para negarla.  En el primer sentido se encuentran, sin el ánimo de ser exhaustiva, en España la Asociación Nacional de Afectados del Síndrome de Alienación Parental (ANASAP), la Fundación Filia de amparo al menor, cuyo lema es “los padres se separan los hijos no”, la Asociación Española Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parenales (ASEMIP) y en Portugal la Asociación para la igualdad parental, denominada Igualdade Parental.  Existen igualmente páginas en las redes sociales a favor y en contra del reconocimiento del SAP.  En Facebook, por ejemplo, pertenecientes al primer grupo se hallan la “Asociación de Padres Alejados de sus Hijos (APADESHI), de Argentina, “Síndrome de Alienación Parental” (2 paginas con el mismo nombre), “SAP Alienación Parental y Sustracción Internacional de Menores Chile” y del segundo grupo:  “Contra el acientífico Síndrome de Alienación Parental (PAS O SAP)”  “ACESAP abogados contra el SAP”, “Asociación Madre REA. Justicia, Infancia y Menores”, “Mothers vs the legatimacy of Parental Alienation Syndrome”; “Concientización sobre la Inexistencia del Sindrome de Alienaciòn Parental Online”, entre otras.

Sin importar mucho cómo se denomine a esta forma de maltrato, quienes hemos trabajado con familias en conflicto hemos atendido casos en que uno de los padres envenena la mente de uno o varios de sus hijos en contra del otro progenitor, de manera que utiliza a sus hijos como forma de vengarse por situaciones no resueltas.  Las estrategias utilizadas son diversas y las manifestaciones de esta problemática en la principal víctima: hijo o hija, son observables, lo cual será tratado en un próximo escrito.

Para citar este escrito según normas APA:

MS. Ospino-Rodríguez. (30 de abril 2014).  ¿Existe o no el síndrome de alienación parental?.   [Mensaje en un blog].  Recuperado de 
http://psicojuridicaforense.blogspot.com/.

REFERENCIAS

Arch, M.  (2010).  Interferencias parentales versus otras problemáticas:  la importancia del diagnóstico diferencial.  En F. Fariña, R. Arce. M. Novo y D. Seijo. (Coords.).  Separación y divorcio:  interferencias parentales.  (pp.115-121).  Asociación Español a Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales.
Ospino-Rodríguez, M.S.  (Abril, 2014).  Identificación del Síndrome de Alienación Parental por profesionales del Departamento del Huila, Colombia (en los procesos contenciosos de separación y divorcio).  Ponencia en el Simposio de Psicología Jurídica llevado a cabo en el I Congreso Internacional de Responsabilidad Social, IV Congreso de Psicología y Responsabilidad Social “Perspectivas y Desafíos en Investigación” de la Universidad Santo Tomas, Bogotá. 
Ramirez, D.A. (2011).  La desparentalización impuesta al padre, separado o divorciado: Secuelas psicosociales.   (Tesis doctoral, Universidad Autónoma de Centro América).  Recuperado de www.alfepsi.org
Reay, K.  (2011). A toxic divorce: a woorbook for alienated parents.  [Versión DX Reader].  Canadá: Library and Archives Canada Cataloguing in Publication.  Recuperado de http://www.amazon.com
Sicard, R., Ayala, C., Ospino-Rodríguez, M.S., Orjuela, F., Romero, C., Ramos, A., Santana, M. y Camacho, J.  (2010).  Reconocimiento de la Comunidad Psicológica Jurídico Forense del Colegio Colombiano de Psicólogos UPJYF-COLPSIC del fenómeno de salud mental llamado Trastorno de Alienación Parental T.A.P. o Síndrome de Alienación Parental S.A.P. Conclusiones de la mesa de Análisis Febrero de 2011.  
Tapias, A., Sánchez, L. y Torres, S.  (2013).  Reconocimiento de indicadores de Alienación Parental en operadores de justicia de Bogotá. Suma psicológica, 20(1), 111-120.
Tejero, R., Gonzalez-Trijueque, D. y García-López, E.  (2014).  El fenómeno de la alienación parental: recorrido histórico, implicaciones clínicas y repercusiones forenses.  En E. García-López.  Psicopatología forense.  Comportamiento humano y tribunales de justicia.  (pp. 89-122).  Bogotá: Manual Moderno.
Toldos, M. (2013).  Hombres víctimas y mujeres agresoras.  La cara oculta de la violencia entre sexos. España: Editorial Cantico.
Wallerstein, J.S. y Blakeslee, S.  (1990).  Padres e hijos después del divorcio.  Buenos Aires: Javier Vergara Editores.

Paginas web de organizaciones a favor del SAP:
1.   ANASAP.  (s.f.).  Asociación Nacional de Afectados del Síndrome de Alienación Parental.  Página web http://www.anasap.org.

2.   Fundación Filia. (s.f.)  Fundación Filia al amparo del menor.  Página web http://www.fundacionfilia.org/
3.  Asociación Igualdade Parental.  Página web  http://igualdadeparental.org/.

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